DIBUJOS Y MODELOS
Directiva (UE) 2024/2823 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024 , sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos (versión refundida). Artículo 36 Transposición 1. Los Estados miembros pondrán en vigor a más tardar el 9 de diciembre de 2027 las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 2 y 3, los artículos 6, 10 a 19, 21, 23 a 30 y los artículos 32 y 33. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones. Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, estas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Incluirán asimismo una mención que precise que las referencias hechas en las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en vigor a la Directiva derogada por la presente Directiva se entenderán hechas a la presente Directiva. Los Estados miembros establecerán la