Acuerdos de transferencia de tecnología & EEE
Decisión del Órgano de Vigilancia de la AELC nº 38/15/COL, de 4 de febrero de 2015 , por la que se adopta la Comunicación: «Directrices relativas a la aplicabilidad del artículo 53 del Acuerdo EEE a los acuerdos de transferencia de tecnología» [2016/196]. 2.1.El artículo 53 y los derechos de propiedad intelectual (5) El objetivo global del artículo 53 es proteger la competencia en el mercado para así promover el bienestar de los consumidores y una asignación eficiente de los recursos . El artículo 53, apartado 1, prohíbe todos los acuerdos y prácticas concertadas entre empresas y las decisiones de asociaciones de empresas (6) que puedan afectar al comercio entre las Partes Contratantes («Estados del EEE») (7) y que tengan por objeto o efecto impedir, restringir o falsear la competencia (8). Como excepción a esta norma, el artículo 53, apartado 3, dispone que la prohibición del apartado 1 del mismo artículo puede declararse inaplicable a los acuerdos entre empresas que contribu...