Empresas emergentes
Ley 28/2022, de 21 de diciembre , de fomento del ecosistema de las empresas emergentes Artículo 18. Universidades, entidades y empresas basadas en el conocimiento. Las universidades fomentarán la formación orientada a favorecer la empleabilidad y el emprendimiento a título individual o colectivo. Las universidades podrán crear o participar en entidades y empresas basadas en el conocimiento en los términos establecidos en la normativa específica. Las empresas de base tecnológica spinoff originadas en las universidades españolas tendrán la consideración de empresas emergentes innovadoras (startups) cuando cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo segundo del apartado 2 del artículo 3. Disposición adicional cuarta. Startup de estudiantes. 1. La startup de estudiantes se reconoce como herramienta pedagógica. 2. Reglamentariamente, se determinarán los requisitos, límites al estatuto de la startup de estudiantes; así como también se podrán adoptar medidas específicas de inf...