Norma de calidad de los aceites vegetales comestibles
Real Decreto 351/2025, de 30 de abril , por el que se aprueba la norma de calidad de los aceites vegetales comestibles Artículo 4. Aceites vegetales comestibles 2. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3, los aceites vegetales comestibles podrán proceder de las siguientes materias primas, de acuerdo con las siguientes denominaciones, que deberán ser completadas de conformidad con lo establecido en el artículo 6: a) Aceite de girasol: procedente de las semillas de girasol (Helianthus annuus L.); b) Aceite de soja: procedente de las semillas de soja [Glycine max (L.) Merr.]; c) Aceite de cacahuete: procedente de las semillas de cacahuete (Arachis hypogaea L.); d) Aceite de semilla de algodón: procedente de las semillas de diversas especies cultivadas del género Gossypium; e) Aceite de maíz: procedente del germen de las semillas de maíz (embriones de Zea mays L.); f) Aceite de colza, nabina o canola: procedente de las semillas de las especies Brassica napus L., Brassica rap...