La Autoridades de Competencia de Italia y Francia han hecho público hoy el acuerdo al que han llegado con BOOKING.COM para que las prácticas contractuales que lleva a cabo con los diversos titulares de alojamientos hoteleros cumplan las normas de competencia. Puedes consultar las notas de prensa en estos enlaces ( ACGM y AC ). BIBLIOGRAFÍA: MARTÍNEZ NADAL, A., “Las cláusulas de paridad en las relaciones entre OTA (Online Travel Agencies) y empresarios de alojamiento turístico: presente y futuro”, Diario La Ley , nº 8574, 2015. FLAQUER RIUTORT, J. "Reflexiones jurídicas sobre determinada prácticas en la comercialización hotelera online", Revista Aranzadi de derecho y nuevas tecnologías , nº 38, 2015, págs. 135-178. FLAQUER RIUTORT, J., “Paridad obligatoria de precios y distribución hotelera digital (1)”, Diario La Ley , nº 8638, 2015.