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PROMOCIÓN DE VENTAS: "OUTLETS"

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El Gobierno de la Generalitat de Cataluña acaba de aprobar la Ley 3/2014, de 19 de febrero, de horarios comerciales y de medidas para determinadas actividades de promoción (que deroga el anterior Decreto Ley 4/2012, de 30 de octubre, de medidas en materia de horarios comerciales y determinadas actividades de promoción ) .  El artículo en el que se regula el tipo de venta conocido como "OUTLET" es el 15, cuyo texto reproducimos:  ARTÍCULO 15. ESTABLECIMIENTOS ESPECIALIZADOS EN LA VENTA DE EXCEDENTES O OUTLETS 1. La venta especializada de excedentes de producción o de temporada, de stocks propios o ajenos , puede llevarse a cabo en establecimientos de carácter permanente, dedicados exclusivamente a esta actividad, en las paradas de los mercados de venta ambulante o en espacios debidamente diferenciados y señalizados dentro de un establecimiento comercial, siempre que no superen el 20% del total de la superficie de venta. 2. Los establecimientos dedicados exclusivamente a la...