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Mostrando entradas de febrero, 2016

JURISPRUDENCIA - FEBRERO 2016

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PODER JUDICIAL ( nota de prensa ): El juez mantiene la actividad de Blablacar en la demanda por competencia desleal de Confebús   SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Cuarta) de 17 de febrero de 2016 . «Procedimiento prejudicial — Directiva 2010/13/UE — Artículo 19, apartado 1 — Diferenciación entre publicidad televisiva y programas — Pantalla dividida — Artículo 23, apartados 1 y 2 — Límite del 20 % de anuncios de publicidad televisiva por hora de reloj — Anuncios de patrocinio — Otras referencias a patrocinadores — “Segundos en negro”» ATJUE de 17 de febrero de 2016. Adidas puede oponerse al registro como marca comunitaria de bandas paralelas colocadas sobre la cara lateral de las zapatillas de deporte ( nota de prensa )  STGUE de 24 de febrero de 2016. El Tribunal General desestima el recurso de Coca-Cola, que había solicitado el registro como marca comunitaria de una botella curvada no estriada La marca solicitada carece de carácter distintivo ( nota de prensa )      

LECTURAS RECOMENDADAS - febrero 2016

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J. A. Hernández: " La competencia leal o desleal entre una empresa y otra creada por un exdirectivo", Comunicaciones en propiedad industrial y derecho de la competencia , n º 76 (septiembre-diciembre), 2015, págs. 245-270.  M. M. Gómez: "La protección y defensa de la igualdad en la publicidad de juguetes. Compromisos éticos y realidad del mercado", Universidad de Almería , febrero 2016.

Acuerdos de transferencia de tecnología & EEE

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Decisión del Órgano de Vigilancia de la AELC nº 38/15/COL, de 4 de febrero de 2015 , por la que se adopta la Comunicación: «Directrices relativas a la aplicabilidad del artículo 53 del Acuerdo EEE a los acuerdos de transferencia de tecnología» [2016/196]. 2.1.El artículo 53 y los derechos de propiedad intelectual (5) El objetivo global del artículo 53 es proteger la competencia en el mercado para así promover el bienestar de los consumidores y una asignación eficiente de los recursos . El artículo 53, apartado 1, prohíbe todos los acuerdos y prácticas concertadas entre empresas y las decisiones de asociaciones de empresas (6) que puedan afectar al comercio entre las Partes Contratantes («Estados del EEE») (7) y que tengan por objeto o efecto impedir, restringir o falsear la competencia (8). Como excepción a esta norma, el artículo 53, apartado 3, dispone que la prohibición del apartado 1 del mismo artículo puede declararse inaplicable a los acuerdos entre empresas que contribuyan

Acciones por daños por infracciones del Derecho de la Competencia

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PROPUESTA DE LEY DE LA SECCIÓN ESPECIAL PARA LA TRASPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA 2014/104/UE, DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 26 DE NOVIEMBRE DE 2014, RELATIVA A DETERMINADAS NORMAS POR LAS QUE SE RIGEN LAS ACCIONES POR DAÑOS EN VIRTUD DEL DERECHO NACIONAL, POR INFRACCIONES DEL DERECHO DE LA COMPETENCIA DE LOS ESTADOS MIEMBROS Y DE LA UNIÓN EUROPEA La DA tercera contiene unas útiles definiciones. La DF Primera contiene modificaciones de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes (aspectos procesales)

AMBIENTÓLOGOS (los nombres y las confusiones)

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  Decreto 35/2016, de 2 de febrero, por el que se desestima la solicitud del Colegio Profesional de Licenciados y Graduados en Ciencias Ambientales de Andalucía sobre el cambio de denominación.

PROYECTOS NORMATIVOS Y DEFENSA DE LA COMPETENCIA - ANDALUCÍA

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  RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2016 , de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía, por la que se aprueban los criterios para determinar los supuestos en los que un proyecto normativo puede incidir en la competencia, unidad de mercado, actividades económicas y principios de buena regulación ANEXO I MEMORIA DE EVALUACIÓN SOBRE LOS PRINCIPIOS DE BUENA REGULACIÓN, LA COMPETENCIA EFECTIVA, LA UNIDAD DE MERCADO Y EL IMPACTO SOBRE LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS 5.4. Impacto sobre los consumidores y usuarios:   a) Establecer si la regulación proyectada amplia la capacidad de elegir.   b) Analizar si se aumenta o se disminuye la oferta de bienes o servicios a su disposición.   c) Determinar si los consumidores pueden obtener con facilidad información de todo tipo acerca de los productos u oferentes alternativos; o si aquella es escasa o poco transparente. En su caso, analizar la posible incidencia de la nueva regulación sobre los paráme