ÉTICA EMPRESARIAL EN MATERIA DE CONSUMO
DECRETO 57/2023, DE 12 DE JUNIO , POR EL QUE SE ESTABLECEN EL PROCEDIMIENTO Y CONDICIONES DE LOS CÓDIGOS SECTORIALES DE CONDUCTA EMPRESARIAL EN MATERIA DE CONSUMO Y SE REGULA LA ADHESIÓN VOLUNTARIA DE LAS EMPRESAS Artículo 4. Contenido de los códigos. 1. Los códigos de conducta deben respetar la legalidad vigente, estar redactados en términos claros, accesibles y con lenguaje inclusivo, incorporar la perspectiva de género y prever la posibilidad de adhesión al código de empresas con independencia de que sean o no miembros de las organizaciones sectoriales y empresariales que promuevan dicho código. 2. Los códigos deberán incluir, como mínimo, con suficiente grado de precisión: a) Las garantías concretas que ofrecen a las personas consumidoras y usuarias que mejoren o incrementen las reconocidas por el ordenamiento jurídico. b) La aceptación expresa de la resolución de reclamaciones a través del sistema arbitral de consumo , así como la atención de las notificaciones y requerimie...