Transporte aéreo - Directrices interpretativas

 






Comunicación de la Comisión - Directrices interpretativas del Reglamento (CE) n.º 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y del Reglamento (CE) n.º 2027/97 del Consejo, sobre la responsabilidad de las compañías aéreas en caso de accidente.

"...la Comisión adoptó en 2016 unas directrices interpretativas sobre el Reglamento (CE) n.o 261/2004 y sobre el Reglamento (CE) n.o 2027/97 (9) del Consejo.

La jurisprudencia ha contribuido notablemente a la interpretación del Reglamento (CE) n.o 261/2004. En muchas ocasiones, los tribunales nacionales han solicitado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea («el Tribunal») que clarifique determinadas disposiciones, incluidos aspectos clave del Reglamento. Sus sentencias interpretativas reflejan el estado actual del Derecho de la Unión, que debe ser aplicado por las autoridades nacionales. Una evaluación llevada a cabo en 2010 (10) y una evaluación de impacto de 2012 (11) destacaron las abundantes sentencias dictadas por el Tribunal. Está claro por tanto que es necesario tomar medidas para asegurar la comprensión común y la correcta aplicación del Reglamento (CE) n.o 261/2004 en toda la UE.

Las presentes directrices interpretativas actualizan las anteriores directrices sobre los derechos de los pasajeros aéreos para incluir las sentencias pertinentes del Tribunal dictadas entre 2016 y la publicación del presente documento. Entre otras cosas, su objetivo es aportar mayor claridad sobre una serie de disposiciones contenidas en el Reglamento (CE) n.o 261/2004, en particular a la luz de la jurisprudencia del Tribunal (12). Esto debería permitir una aplicación más eficaz y coherente de las normas actuales. Se ha añadido una nueva sección sobre interrupciones graves de los viajes (sección 6).

Estas directrices tienen por objeto abordar las cuestiones planteadas con mayor frecuencia por los organismos nacionales de aplicación competentes, los pasajeros y sus asociaciones, el Parlamento Europeo y los representantes del sector. No pretenden abarcar todas las disposiciones de forma exhaustiva, ni tampoco crean nuevas disposiciones legales. Conviene señalar asimismo que las directrices interpretativas no tienen influencia alguna en la interpretación del Derecho de la Unión formulada por el propio Tribunal (13)..."



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