MEDIDAS PARA LUCHAR CONTRA EL C2C EN EL SECTOR TURÍSTICO





El Boletín Oficial de Navarra publica hoy la ORDEN FORAL 80/2014, de 25 de septiembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales por la que se establece la obligación de hacer constar el código de inscripción en el Registro de Turismo de Navarra en las acciones de promoción, publicidad y comercialización que realicen las empresas, establecimientos y actividades turísticas en medios on line

En su breve preámbulo se destaca lo siguiente: 

El Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales del Gobierno de Navarra está trabajando en diversas medidas para atajar el intrusismo, la competencia desleal y la publicidad engañosa en el sector turístico. Así, está elaborando un plan de inspección de alojamientos y servicios turísticos que se ofertan sin la correspondiente inscripción en el Registro de Turismo de Navarra.
Las nuevas tendencias en el alojamiento turístico y el uso creciente de Internet y otras nuevas tecnologías han potenciado el uso de viviendas particulares para el alojamiento, tendencia que puede considerarse en la actualidad como un peligro para el sector turístico reglado. Asimismo, ha contribuido al incremento de la oferta de otros tipos de servicios turísticos ilegales.
Esta oferta ilegal se desarrolla fuera del control técnico y no garantiza a los consumidores la calidad que ofrecen los alojamientos y servicios turísticos inscritos, por lo que procede adoptar las medidas oportunas para controlar la competencia desleal y apoyar a las empresas y establecimientos que cumplen las condiciones técnicas y fiscales exigidas por la normativa vigente.

REFLEXIÓN: "La inscripción en Registros Turísticos como medida de protección del consumidor

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