COVID-19 e indicaciones geográficas









Modificaciones en los pliegos de condiciones de DOP/IGP


DOP Aceite del Bajo Aragón


Orden AGM/571/2020, de 26 de junio, por la que se modifica temporalmente el pliego de condiciones de la denominación de origen protegida "Aceite del Bajo Aragón" (BOA de 9 de julio de 2020).


Hostelería y restauración


El pliego de condiciones de la denominación de origen protegida (DOP) "Aceite del Bajo Aragón" determina el envasado en la zona geográfica de la misma. Sin embargo, actualmente, ninguna empresa inscrita en la denominación tiene la infraestructura necesaria para envasar en formato monodosis, por lo que la comercialización del "Aceite del Bajo Aragón" se ve seriamente comprometida.

Para paliar en lo posible esta situación, el Consejo Regulador de la denominación de origen protegida "Aceite del Bajo Aragón" ha solicitado, con fecha 26 de mayo de 2020, una modificación temporal del pliego de condiciones de denominación de origen

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