Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (CIOA)

 




Real Decreto 950/2021, de 2 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria y se determinan su composición y funciones.

Artículo 4. Funciones

Son funciones de la CIOA las siguientes: 

a) Establecer los conceptos básicos y los criterios armonizadores de las disposiciones normativas referidas al ámbito alimentario. 

b) Informar, con carácter preceptivo, las disposiciones de carácter general referidas al ámbito de la ordenación alimentaria. 

c) Formular cuantas mociones, propuestas o recomendaciones considere convenientes en materia alimentaria. 

d) Mantener actualizada la documentación e información nacional e internacional en lo referente al sector alimentario. 

e) Efectuar las tareas de estudio, coordinación y asesoramiento que precisen los asuntos relacionados con la ordenación alimentaria sometidos a su consideración o por su propia iniciativa. 

f) Constituir ponencias o grupos de trabajo en relación con aspectos concretos de aplicación y desarrollo de la normativa alimentaria española y para la elaboración de informes en relación con los proyectos de disposiciones en materia alimentaria de los estados miembros de la Unión Europea sometidos a consulta en el marco de la Directiva (UE) 2015/1535, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información, a cuyo efecto podrá solicitar las colaboraciones oportunas. 

g) Las relaciones y coordinación con los Comités de Expertos de los Organismos Internacionales especializados y singularmente con la Comisión del Codex Alimentarius y el Programa conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias, en colaboración con los servicios de los Departamentos ministeriales competentes en cada una de las materias tratadas. 

h) Cuantos otros cometidos en materia de ordenación alimentaria le sean encomendados por los Departamentos ministeriales competentes.





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