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ETIQUETA ECOLÓGICA - productos cosméticos

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  DECISIÓN (UE) 2021/1870 de la Comisión de 22 de octubre de 2021 por la que se establecen los criterios para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a los productos cosméticos y productos de cuidado animal ANEXO I Los criterios de la etiqueta ecológica de la UE tienen por objeto seleccionar los productos cosméticos con el mejor comportamiento ambiental del mercado . Se centran en las principales repercusiones ambientales asociadas al ciclo de vida de esos productos y promueven aspectos de la economía circular.  En particular, la finalidad de los criterios es promover los productos que tengan repercusiones limitadas en términos de ecotoxicidad y biodegradabilidad, que solo contengan una cantidad limitada de sustancias peligrosas, que utilicen menos envases y que estos puedan reciclarse con facilidad . Promueven el uso de materiales reciclados y envases rellenables .

LOS INFLUYENTES (o "influencers")

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  CÓDIGO ÉTICO  - AUTOCONTROL AUDIO  - DERECHO PARA TODOS:   Los influyentes y el derecho (26-3-2021) TÉRMINOS Y CONDICIONES : Contrato para influencers ( legal design ) PARLAMENTO EUROPEO (2022): The impact of influencers on advertising and consumer protection in the Single Market BIBLIOGRAFÍA: GUTIÉRREZ GARCÍA, E., “La publicidad encubierta a través de influencers: la urgencia de una regulación”, Revista de derecho de la competencia y la distribución , nº. 29, 2021 ROSSELLÓ RUBERT, F, M., “El influencer que publica vídeos online (vlogger) y las plataformas de intercambio de vídeos como nuevos operadores en el mercado del sector audiovisual: análisis y efectos de las recientes reformas normativas y consideraciones de la CNMC al respecto”, Revista de derecho de la competencia y la distribución , nº. 29, 2021

Marcas e indicaciones geográficas: "Alimentos de Sotillo buenos por Naturaleza"

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  STSJ de Burgos, Sala de lo Contencioso, de 26 de noviembre de 2021 ( ROJ: STSJ CL 4147/2021 ).  Prohibiciones absolutas de registro de la Ley de Marcas.  FJ SEXTO.- Examen de fondo.  "La parte actora solicita en primer lugar que se anule la resolución impugnada y que se deniegue el registro de la marca solicitada y ello porque considera que infringe el art. 5.1.c) y g) de la Ley de Marcas al considerar que la marca "Alimentos de Sotillo Buenos por Naturaleza" crea confusión y lleva a error y engaño al público español consumidor de productos alimenticios tradicionales y ello por lo siguiente: porque existen otros 16 pueblos españoles que incluyen el nombre de "Sotillo; porque la expresión "Buenos por Naturaleza" es un eslogan de escasa fuerza distintiva; porque el elemento grafico utilizado no disipa dicha confusión; porque la marca de autos es una mera descripción genérica de productos que se comercializan en el mercado; y porque con el término "Ali...

CATALUÑA - contratos de suministro de contenidos y servicios digitales - contratos de compraventa de bienes

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  DECRETO LEY 27/2021, de 14 de diciembre , de incorporación de las directivas (UE) 2019/770 y 2019/771, relativas a los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales y a los contratos de compraventa de bienes, en el libro sexto del Código civil de Cataluña Exposición de motivos I. Competencia  De acuerdo con el artículo 129 del Estatuto de autonomía de Cataluña, Cataluña tiene competencia exclusiva en materia de derecho civil, con la excepción de las materias reservadas en exclusiva al Estado y especificadas en el artículo 149.1.8.a de la Constitución española. Esta competencia exclusiva ha sido recientemente reconocida por la STC 132/2019, que se pronuncia sobre la constitucionalidad de la Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos. En uso de esta competencia, y con la doble finalidad de adecuar el derecho civil catalán al derecho europeo y continuar la tarea de puesta al día y moderni...

Cadena alimentaria - modificaciones Ley 12/2013, de 2 de agosto

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  LEY 16/2021, de 14 de diciembre , por la que se modifica la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria Artículo único . Modificación de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria NUEVA: « Disposición adicional séptima. Relaciones comerciales entre los operadores de la cadena agroalimentaria del plátano de Canarias . Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente ley, a las relaciones comerciales entre los operadores de la cadena alimentaria del Plátano de Canarias (IGP del plátano cultivado en el archipiélago de las Islas Canarias) les serán de aplicación los siguientes preceptos, particularmente en los artículos 9.1.c) y 12 ter: 1. En la determinación del coste efectivo de producción en las operaciones comerciales de la cadena alimentaria de la IGP Plátano de Canarias se imputarán las ayudas directas o indirectas que perciba el productor o la explotación agraria. 2. Las org...

Juzgados de lo MERCANTIL - COMPETENCIA - Granada

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  ACUERDO de 4 de noviembre de 2021 , de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye al Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Granada el conocimiento exclusivo, pero no excluyente de los asuntos, materias y litigios derivados de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes; de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas; y de la Ley 20/2003, de 7 de julio, de Protección Jurídica del Diseño Industrial, compartiendo esta competencia con el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada

Mecanismo Europeo de Preparación y Respuesta ante las Crisis de Seguridad Alimentaria - GRUPO DE EXPERTOS

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  DECISIÓN de la Comisión, de 12 de noviembre de 2021 , por la que se crea el grupo de expertos sobre el Mecanismo Europeo de Preparación y Respuesta ante las Crisis de Seguridad Alimentaria Artículo 2 Tareas  Las tareas del grupo serán:  a) proporcionar asesoramiento y conocimientos técnicos a la Comisión en relación con: i) la aplicación de la legislación, los programas y las políticas de la Unión relativos a la preparación y respuesta de la Unión a las crisis de suministro de alimentos y seguridad alimentaria, así como ii) la cooperación y coordinación con los Estados miembros, los países no pertenecientes a la UE y las organizaciones de partes interesadas en relación con las cuestiones a que se refiere el inciso i);  b) intercambiar experiencias y buenas prácticas en la organización de una respuesta concertada a las crisis de suministro de alimentos y seguridad alimentaria, en particular mediante un seguimiento y notificación tempranos de las amenazas, la evoluci...