FILIALIZACIÓN: ¿una modificación estructural?





Interesantes reflexiones en esta noticia (desde el despacho Garrigues) sobre la que denomina "FILIALIZACIÓN", operación que se consigue mediante las aportaciones no dinerarias de ramas de actividad (y el consiguiente aumento de capital). Como esto puede afectar al objeto social (que puede quedar modificado por esta aportación) se plantea el problema del "derecho de separación" del socio que vote en contra (art. 346 LSC), que en este caso consideran no aplicable, pues defienden que se trata de una realización indirecta del objeto social, al entender que el contenido de esta operación es una verdadera modificación estructural. En definitiva, un bonito tema de interacción entre la LME y la LSC ... y a mi juicio, otro claro ejemplo de "ingeniería jurídica".

Comentarios

  1. María del Mar: Esta operación se viene desarrollando en mi despacho,siendo Pepe el impulsor de esta modalidad de "ingeniería jurídica". No hay que recurrir a Garriges para hacer operaciones de ese tipo, jaja

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