Derechos de propiedad intelectual e industrial - luchar contra la falsificación
Recomendación (UE) 2024/915 de la Comisión, de 19 de marzo de 2024, sobre medidas destinadas a luchar contra la falsificación y a reforzar la observancia de los derechos de propiedad intelectual e industrial.
(11) Los proveedores de servicios logísticos y de transporte desempeñan un papel clave en la venta y distribución de
productos, y son esenciales para la preservación de unas cadenas de suministro fiables. Sin embargo, los infractores
pueden hacer un uso indebido de los servicios de transporte y logística
(29) Las actividades que vulneran la propiedad intelectual e industrial son un negocio lucrativo, debido al elevado valor
que puede asociarse a esta y al nivel de riesgo relativamente bajo en lo que respecta a la probabilidad de detección y
observancia. Esto puede dar lugar a que organizaciones delictivas lleven a cabo actividades que vulneren la propiedad
intelectual e industrial junto con delitos como el blanqueo de capitales, la evasión fiscal, la trata de seres humanos y
el trabajo forzoso.
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5) A efectos de la presente Recomendación, se entenderá por:
a) «actividades que vulneran la propiedad intelectual e industrial»: las actividades, como la fabricación, promoción,
venta o distribución de mercancías falsificadas que sean objeto de un acto que vulnere una marca, una patente o
una indicación geográfica, así como de mercancías o contenidos piratas que sean objeto de un acto que vulnere un
dibujo o modelo o un derecho de autor, incluidos los servicios conexos, cuando dichos actos se lleven a cabo a
escala comercial con ánimo de obtener una ventaja económica o comercial directa o indirecta;
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