Incidencia de la pandemia en los productos vitivinícolas - AYUDAS

 




Real Decreto 557/2020, de 9 de junio, por el que se adoptan medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis causada por la pandemia de COVID-19, y por el que se fija una norma de comercialización en el sector del vino y se modifica la regulación sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola y el programa de apoyo al sector del vino (Texto consolidado). ANÁLISIS BOE

STS, Sala de lo Contencioso, de 2 de febrero de 2022 (Roj: STS 315/2022 - ECLI:ES:TS:2022:315)

Recurso interpuesto por la Asociación Provincial de Empresarios de Industrias Vitivinícolas de Ciudad Real

ANTECEDENTES DE HECHO:

SEGUNDO.- Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo y reclamado el expediente administrativo se procedió a formalizar la demanda, en la que se solicita: 

1.- SE DECLARE LA NULIDAD DEL REAL DECRETO 557/2020. 

2.- De no declararse la nulidad, SUBSIDIARIAMENTE SE MODIFIQUE EL ARTÍCULO 5 IMPUGNADO DEL REAL DECRETO 557/2020, en el siguiente sentido (se adiciona y subraya lo solicitado): Art. 5: El importe de la ayuda a pagar a los destiladores autorizados para la destilación de crisis está establecida en 0,40 €/litro de vino destilado para el vino con DOP, ASÍ COMO PARA EL VINO DE PROCEDENCIA ECOLÓGICA, y de 0,30 €/litro de vino destilado para el resto de vinos. Este importe se verá incrementado en 0,005 €/l de vino para aquellos volúmenes de vino para los que la distancia entre el almacén de origen del vino y la destilería de destino se sitúe entre los 150 y los 300 kilómetros, y en 0,01 €/l de vino para aquellos volúmenes de vino para los que haya más de 300 kilómetros de distancia entre el almacén de origen del vino y la destilería de destino. Y en consecuencia, SE REVOQUE EL ARTÍCULO 6, por nulidad, viniendo a restablecerse un nuevo plazo para la concesión de las ayudas

FUNDAMENTO DEL RECURSO: vulneración de lo dispuesto en el art 14 de la CE, derecho de igualdad y discriminación respecto del sector vitivinícola ecológico en el reparto de ayudas destinadas al mismo. Entiende la Asociación demandante, que se ha discriminado al sector vitivinícola de origen ecológico, pues la distinción en el establecimiento de precios en las ayudas concedidas al sector, debidas a la grave situación provocada por COVID-19, ha ocasionado a estos vinos una clara situación de desventaja respecto al resto de vinos, teniendo en cuenta que la elaboración ecológica supone más gastos que la elaboración de vinos tradicionales, sufriendo así un gran perjuicio económico y en consecuencia, agravio comparativo






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