Mandarinos de la variedad Nadorcott - plazo de prescripción para el ejercicio de las acciones de infracción y de protección provisional

 









FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO. Resumen de antecedentes

"1. Para la resolución del presente recurso debemos partir de la relación de hechos relevantes acreditados en la instancia.

Nadorcott Protection S.A.R.L. es titular de una variedad vegetal denominada Nadorcott. Carpa Dorada, S.A., licenciataria en exclusiva de los derechos sobre esta variedad vegetal, encomendó primero a Gestión de Licencias Vegetales, GESLIVE AIE, hasta el 12 de diciembre de 2008, y luego a Club de Variedades Vegetales Protegidas (en adelante, CVVP), la gestión de los derechos del titular de la variedad vegetal y el ejercicio de las acciones basadas en la infracción de dichos derechos contra los demandados, Agrícola Jocal, S.L. y José Cánovas Pardo, S.L. 

Nadorcott Protection S.A.R.L. había solicitado la concesión de esta variedad vegetal el día 22 de agosto de 1995, ante la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales. La solicitud fue publicada en el boletín oficial de la oficina el día 22 de febrero de 1996. 

La Oficina Comunitaria otorgó la concesión el día 4 de octubre de 2004 y fue publicada en el boletín del día 15 de diciembre de 2004. Esta decisión fue recurrida por la Federación de Cooperativas Agrícolas Valencianas: el 11 de febrero de 2005 se anunció el recurso y fue luego interpuesto el 14 de abril de 2005. Este recurso produjo efectos suspensivos sobre la concesión de la variedad, hasta que el 8 de noviembre de 2005 fue desestimado por la Sala de Recurso de la Oficina. Esta resolución fue publicada en el boletín de 15 de febrero de 2006. 

La decisión fue impugnada ante el Tribunal de Primera Instancia de la Comunidad Europea (actual, Tribunal General), sin que esta impugnación tuviera efectos suspensivos sobre los derechos derivados de la concesión de la variedad vegetal. El tribunal desestimó la impugnación mediante sentencia de 31 de enero de 2008, que fue publicada el 8 de marzo de 2008. 

Agrícola Jocal, S.L. es propietaria de la parcela 15, del polígono 29, de la localidad de Alhama de Murcia, en la que la sociedad José Cánovas Pardo, S.L. explota una plantación de mandarinos de la variedad Nadorcott desde el año 2006. En concreto son 4.457 árboles. 

El 30 de octubre de 2007, GESLIVE remitió un requerimiento a José Cánovas Pardo, S.L. para que cesara en la explotación de esa variedad vegetal, mientras no solicitara la correspondiente licencia. 

El 30 de marzo de 2011, CVVP remitió otra comunicación a José Cánovas Pardo, S.L. para que, caso de ser cierto que estaba llevando cabo una explotación de unos 5.000 mandarinos de la variedad Nadorcott, cesara en dicha explotación. 

El 17 de noviembre de 2011, Club de Variedades Vegetales Protegidas solicitó unas diligencias preliminares para constatar la infracción".


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