CONTROL DE CONCENTRACIONES - Caso ANTENA 3/LA SEXTA

 






FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO. 

"En el presente recurso contencioso administrativo la entidad ATRESMEDIA CORPORACION DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN, S.A. impugna la resolución sancionadora dictada en fecha 12 de noviembre de 2015 por la Sala de Competencia del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en el expediente SNC/0039/15 ATRESMEDIA. La resolución impugnada tiene el siguiente contenido dispositivo: "PRIMERO. Declarar acreditado el incumplimiento de las condiciones primera, tercera y cuarta (esta última en relación con los mercados de comercialización de contenidos) a las que se subordinó la operación de concentración C/0432/12, ANTENA 3/LA SEXTA, incumpliendo lo establecido en los resuelves primero y segundo de la resolución de 13 de julio de 2012 del Consejo de la extinta Comisión Nacional de la Competencia y lo estipulado en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de agosto de 2012, lo que constituye una infracción muy grave tipificada en el apartado 4 c) del artículo 62 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia , de la que se considera responsable a ATRESMESDIA CORPORACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN, S.A. SEGUNDO. Imponer a ATRESMEDIA CORPORACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN, S.A. una sanción de dos millones ochocientos mil euros (2.800.000 euros), de acuerdo con lo previsto en el apartado 1 c) del artículo 63 de la LDC . TERCERO. Instar a la Dirección de Competencia para que vigile el cumplimiento de esta Resolución y prosiga la vigilancia del expediente VC/0432/12 ANTENA 3/LA SEXTA"".

FALLO:

ESTIMAR PARCIALMENTE el recurso contencioso administrativo 47/2016, promovido por el Procurador de los Tribunales D. Alberto Hidalgo Martínez, en nombre y en representación de ATRESMEDIA CORPORACION DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN, S.A., contra la Resolución sancionadora dictada en fecha 12 de noviembre de 2015 por la Sala de Competencia del Consejo de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en el expediente SNC/0039/15, ATRESMEDIA. Y, en consecuencia, dicha resolución se anula exclusivamente en cuanto que no puede integrarse en la infracción única y continuada de carácter complejo imputada el incumplimiento relativo a la condición primera fijada en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de agosto de 2012 y ello determina la nulidad de la sanción ahora impuesta que deberá calcularse de nuevo por la CNMC atendiendo a un nuevo parámetro de gravedad de la conducta imputada.

MATERIALES: 

SNC/DC/0039/15: ATRESMEDIA

DC - SNC

VC/0432/12: ANTENA 3/LA SEXTA

Vigilancia de Concentraciones


OTROS MATERIALES: 

S/DC/0617/17: ATRESMEDIA / MEDIASET -  Existencia de práctica prohibida

CFT/DTSA/042/17: CONFLICTO ENTRE ATRESMEDIA Y MEDIASET CONTRA LA LFP POR EJERCICIO ART. 19.3 LGCA

SNC/DTSA/468/14: ATRESMEDIA - DTSA - Sancionadores audiovisual - Incumplimiento de los Códigos de Autorregulación - Protección de los menores


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