CNMV - instituciones de inversión colectiva

 





Circular 3/2022, de 21 de julio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre el folleto de las instituciones de inversión colectiva y el registro del documento con los datos fundamentales para el inversor.

Norma derogatoria.

Queda derogada la Circular 2/2013, de 9 de mayo, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre el documento con los datos fundamentales para el inversor y el folleto de las instituciones de inversión colectiva.

Esta derogación no afectará a las normas finales primera, segunda, tercera y cuarta de dicha Circular.

Norma final. Entrada en vigor.

La presente Circular entrará en vigor el día 1 de enero de 2023.

Las sociedades gestoras, para cada uno de los fondos que administre, y las sociedades de inversión o, en su caso, sus sociedades gestoras o entidades que ostenten su representación, que estén sujetas a esta Circular, deberán enviar a la CNMV antes del 31 de enero de 2023, el documento con los datos fundamentales para el inversor conforme a lo previsto en esta Circular, para su incorporación al registro.

Los folletos de las IIC que ya estuvieran registradas a la fecha de entrada en vigor de esta Circular, serán actualizados de oficio por la CNMV para ajustarse a lo previsto en la misma con motivo de la actualización a la que se refiere el apartado 4 de la Norma cuarta y el apartado 3 de la Norma quinta de la presente Circular.



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