Marca promocional "Organics Productos Ecológicos de Extremadura"

 





ORDEN de 5 de septiembre de 2022 por la que se establece el Reglamento de uso de la marca promocional "Organics Productos Ecológicos de Extremadura"


Artículo 4. Características comunes de los productos autorizados.


1. La marca promocional “Organics Productos Ecológicos de Extremadura” se aplicará a los productos originarios de Extremadura que cumplan las disposiciones vigentes para su comercialización.


2. Un producto será originario de Extremadura cuando cumpla las reglas de origen establecidas en el artículo 2 del Decreto 3/2020, de 12 de febrero, por el que se establecen las condiciones de uso de las marcas promocionales de titularidad de la Junta de Extremadura y se establecen las condiciones mínimas de los Reglamentos de uso.


3. Los productos autorizados al uso de la marca “Organics Productos Ecológicos de Extremadura” deberán cumplir, cuando sea de aplicación, las siguientes obligaciones: a) Cumplir con las reglamentaciones técnico-sanitarias y las normas de calidad aplicables en razón del producto de que se trate. b) Respetar las normas generales de etiquetado reguladas por el Reglamento (UE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor. c) Cumplir con las disposiciones establecidas para los productos amparados por Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) o indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) a los que se refiere el Reglamento (UE) 1151/2012, de 21 de noviembre de 2012 sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.


Disposición final primera. Régimen Jurídico.


El uso de la marca “Organics Productos Ecológicos de Extremadura” se regirá por lo dispuesto en el Decreto 3/2020, de 12 de febrero, por el que se establecen las condiciones de uso de las marcas promocionales de titularidad de la Junta de Extremadura y se establecen las condiciones mínimas de los Reglamentos de uso, y por la presente orden. Serán asimismo de aplicación las disposiciones estatales, autonómicas y de la Unión Europea que correspondan en razón de la materia.


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OTRAS MARCAS PROMOCIONALES


Marca promocional "Piedra Natural de Extremadura"

Orden de 19 de septiembre de 2022 por la que se establece el Reglamento de uso de la marca promocional "Piedra Natural de Extremadura" 
(DOE de 26 de septiembre de 2022)

Reglamento de uso de la marca promocional "Artesanía de Extremadura"

Orden de 15 de septiembre de 2022 por la que se establece el Reglamento de uso de la marca promocional "Artesanía de Extremadura" 
(DOE de 26 de septiembre de 2022)



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