Etiquetado - información alimentaria facilitada al consumidor — mención obligatoria sobre el origen de los alimentos
Confédération paysanne contra Ministre de l’Agriculture et de la Souveraineté alimentaire y Ministre de l'Économie, des Finances et de la Souveraineté industrielle et numérique.
Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d'État.
Procedimiento prejudicial — Política comercial común — Acuerdos internacionales — Acuerdo euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra — Modificación de los Protocolos n.º 1 y n.º 4 del Acuerdo euromediterráneo — Reglamento (UE) n.º 1169/2011 — Artículo 9 — Artículo 26, apartado 2 — Reglamento de Ejecución (UE) n.º 543/2011 — Artículo 3, apartados 1 y 2 — Artículo 5, apartados 1 y 2 — Artículo 8 — Artículo 15, apartados 1 y 4 — Anexo I — Anexo IV — Reglamento (UE) n.º 1308/2013 — Artículo 76 — Información alimentaria facilitada al consumidor — Mención obligatoria del país de origen o del lugar de procedencia de los alimentos — Frutas y hortalizas recolectadas en el Sáhara Occidental — Solicitud dirigida a un Estado miembro para que prohíba unilateralmente las importaciones de esos productos en su territorio — Mención obligatoria del Sáhara Occidental como lugar de procedencia de los tomates y melones recolectados en ese territorio.
Asunto C-399/22.
Bibliografía:
Jääskinen, N., El etiquetado de los melones y los tomates recolectados en el Sáhara Occidental debe mencionar este territorio, y no Marruecos, como país de origen. Tribunal de Justicia, Gran Sala, Sentencia 4 octubre 2024, Asunto C–399/22: Confédération paysanne, La Ley Unión Europea, número 131, 2024.
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