PAC e IGS de ámbito supraautonómico

 






Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 

Quedan derogados: 

a) El artículo 6, las letras f), g) y m), del artículo 38.1, el artículo 46 y el artículo 47 de la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino. 

b) La disposición adicional séptima de la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico.

Disposición final novena. Modificación de la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico. 

Se añade un nuevo párrafo al final del artículo 38 de la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico, con la siguiente redacción: «Será competente para acordar la incoación del expediente sancionador el Director General de la Industria Alimentaria.»


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