VALENCIA - RESPONSABILIDAD SOCIAL DE ENTIDADES

 





DECRETO 200/2022, de 25 de noviembre, del Consell, por el que se regula la responsabilidad social en las entidades valencianas.


CAPÍTULO II. Principios y valores de la responsabilidad social.
Artículo 3. Principios y valores socialmente responsables
Artículo 4. Valores éticos
Artículo 5. Valores sociales y laborales
Artículo 6. Valores ambientales
Artículo 7. Valores respecto de I+D+i


CAPÍTULO II Principios y valores de la responsabilidad social

Artículo 3. Principios y valores socialmente responsables 
1. Las entidades valencianas socialmente responsables además del cumplimiento estricto de las obligaciones legales vigentes, deberán haber adoptado en su gobierno, gestión y en su estrategia empresarial o institucional la integración voluntaria de principios y valores socialmente responsables. 

2. Los principios y valores socialmente responsables se corresponden con los aspectos éticos, sociales y laborales, medioambientales y de I+D+i, previstos en la Ley 18/2018, de 13 de julio, de la Generalitat, para el fomento de la responsabilidad social. 

Artículo 4. Valores éticos 
Para considerar que una entidad valenciana socialmente responsable cumple con los valores éticos se tendrán en cuenta las circunstancias siguientes: 
1. Su plasmación en un código ético o instrumento análogo que refleje el compromiso de la entidad con el buen gobierno corporativo. 
2. La implementación de programas de observancia o cumplimiento previstos en el artículo 31 bis del Código Penal (compliance), u otros análogos, así como de la persona o personas encargadas de su supervisión. 
3. La existencia de portales de transparencia y de mecanismos internos de integridad. 
4. Las relaciones de la entidad con otras empresas para evitar prácticas de competencia desleal
5. La relación con sus proveedores, en la que se pueda visualizar la aplicación de criterios éticos y de comercio justo. 
6. El respeto, la protección y la defensa de la naturaleza y de los derechos humanos en la cadena de suministro. 
7. La participación en actividades de cooperación al desarrollo. 
8. La realización de proyectos en la comunidad de carácter cultural, deportivo, benéfico, lúdico o social. 
9. La creación de estructuras de formación, cátedras o institutos de estudio. 
10. La adopción de protocolos e instrumentos para garantizar el cumplimiento del principio de transparencia en la contratación. 
11. La adhesión a mecanismos de arbitraje o de mediación para la resolución de conflictos surgidos con los consumidores y usuarios. 

Artículo 5. Valores sociales y laborales 
Para considerar que una entidad valenciana socialmente responsable cumple con los valores sociales y laborales se tendrán en cuenta las circunstancias siguientes: 
1. La implicación de la empresa en la mejora de su entorno. 
2. La colaboración con el tercer sector.
3. La promoción del voluntariado. 
4. El apoyo al trabajo de las entidades sociales. 
5. La participación en proyectos sociales que mejoren la calidad de vida de las personas más vulnerables. 
6. La promoción de valores sociales. 
7. La educación para la salud. 
8. La garantía de un entorno laboral seguro y saludable. 
9. La realización de acciones de formación y actualización profesional. 
10. La disposición de planes de igualdad. 
11. La no discriminación e inclusión de la diversidad en todas sus manifestaciones. 
12. La garantía de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. 
13. La inclusión de colectivos en riesgo de exclusión social. 
14. La estabilidad en la ocupación. 
15. La conciliación de la vida personal, laboral y familiar. 
16. La corresponsabilidad entre mujeres y hombres. 

Artículo 6. Valores ambientales 
Para considerar que una entidad valenciana socialmente responsable cumple con los valores ambientales se tendrán en cuenta las circunstancias siguientes: 
1. La realización o participación en acciones dirigidas a la protección de la biodiversidad y la lucha contra el cambio climático. 
2. Las acciones de la entidad en favor de la economía circular. 
3. El uso eficiente, por parte de la entidad, de los recursos, instrumentos y productos medioambientalmente sostenibles, así como de energías renovables. 
4. La evaluación, por parte de la entidad, del ciclo de vida y la prevención de la contaminación. 
5. Su consumo responsable y sostenible. 

Artículo 7. Valores respecto de I+D+i 
1. Para considerar que una entidad valenciana socialmente responsable cumple con los valores de I+D+i se tendrán en cuenta las acciones de la entidad, referidas a la cultura innovadora socialmente responsable, que se pongan de manifiesto por medio del patrocinio de actividades de I+D+i que estén dirigidas a colectivos vulnerables, teniendo en cuenta su impacto sobre la salud, el bienestar y la calidad de vida de las personas. 
2. Entre estas actividades se incluirán aquellas tendentes a promover la inclusión digital como factor de inclusión social, aprovechando el uso de las TIC para mejorar la calidad de vida de aquellas personas en riesgo de exclusión, sus relaciones sociales y sus posibilidades de promoción, trabajando por el desarrollo de una sociedad digital inclusiva basada en la igualdad de oportunidades.




Comentarios